¿Cuáles son los gastos extraordinarios de la pensión de alimentos?

La pensión de alimentos se compone no solo de gastos ordinarios sino también de gastos extraordinarios necesarios y no necesarios, que son aquellos que no son habituales ni previsibles, pero los que inevitablemente va a haber que incurrir.

De forma habitual, los gastos extraordinarios necesarios serán abonados por ambos progenitores al 50%. Cuando uno de ellos está afrontando el pago de la totalidad y en la sentencia o en el convenio regulador en el que se ha plasmado la pensión de alimentos no vienen concretados los gastos extraordinarios que estamos pagando y queremos reclamar, habrá que instar una solicitud de declaración de gasto extraordinario mediante la cual se pida al juzgado que reconozca dichos gastos como extraordinarios necesarios y de esta manera se podrán reclamar.

Casos de éxito

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