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¿Pueden embargar mi casa por mis deudas?
Son muchas las personas con deudas a las que les preocupa que les quiten su vivienda, ya que esta sería la consecuencia más grave del impago de sus deudas. La pregunta en estos casos sería, ¿es posible embargar la vivienda habitual por las deudas?¿Cómo podría evitarse? En este post te damos la respuesta y la posible solución.
¿Pueden embargar mi vivienda habitual?
En principio, sí. Una resolución judicial (directamente, si se trata de Hacienda o Seguridad social) puede acordar embargo sobre tus bienes, incluida tu casa, nómina, saldos en cuentas bancarias…otra cosa es subastar la vivienda, en la que el juez tendrá en cuenta el importe de la deuda y la gravosidad de la medida para satisfacer el crédito del acreedor. El criterio en cuanto al orden de los embargos es el de mayor facilidad de enajenación y menor perjuicio para el deudor ejecutado.
Paralizar el embargo y cancelar todas las deudas
La Ley de la Segunda Oportunidad puede ser la mejor solución para que conserves tu vivienda. En Castillo Castrillón Abogados te ayudaremos.
Asimismo, una vez iniciado el proceso judicial, se puede solicitar la paralización del embargo de la residencia habitual en caso de que ya se encuentre en curso.
El propósito de esta ley es eliminar todas las deudas que no se pueden afrontar. Una vez que se cancelen estas deudas y se salve la vivienda del embargo ya no habrá deudas pendientes de las que preocuparse. Por tanto, nadie pedirá el embargo de su hogar.
Cada caso requiere un análisis individual, y nuestros abogados son expertos en Ley de Segunda Oportunidad. Si desea asesoramiento de forma gratuita, contacte con nosotros.