Utilización del patinete eléctrico como medio de transporte

En España, desde 2018 hasta la actualidad, el patinete eléctrico se ha ido introduciendo como un vehículo de movilidad personal, cada vez más usado por los conductores que quieren   ahorrar   combustible   cómo   pagar   menos   impuestos,   tratándose   del   medio   de transporte más usado entre los jóvenes en sus movimientos urbanos.

Una   situación peligrosa   y   muy   común   entre   jóvenes   que   utilizan   patinetes   y   que, además, está considerado como una infracción grave es que estos vehículos son para ser usados por una sola persona, estando prohibido llevar a otra como pasajero.
Hay que tener en cuenta que al tratarse de un vehículo, deben llevar sistema de freno, timbre u otros dispositivos de advertencia acústica, luces y reflectantes  tanto traseras como delanteras, aconsejando el uso del casco, como cualquier otro vehículo de dos ruedas, así como portar ropa de alta visibilidad tanto de día como de noche (reflectante), y   si   el   conductor   no   se   puede   advertir   durante   la   noche   o   con   condiciones meteorológicas   adversas   se   aconseja   no   usar   el   patinete   así   como   cualquier   otro Vehículo de Movilidad Personal.

Aunque   en   España no   se   exige   carné   de   conducir   para   circular   en   patinete, algunas ciudades   como   Benidorm,   Mahón,   Palencia,   Pozuelo   de   Alarcón   (Madrid)   y Majadahonda (Madrid) han introducido requisitos obligatorios para que los usuarios de este   vehículo   de   movilidad   personal adquieran   un   patinete, entre   los   cuales   está   un seguro de  patinete  con  cobertura   de responsabilidad   civil, esperando  así  disminuir  el número de víctimas mortales y lesionados por accidentes en patinete durante este 2023.

Hay que indicar que los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como los patinetes eléctricos están implicados sobre el 4% de los siniestros con víctimas en zonas urbanas, resultando ser las víctimas  los conductores  o el pasajero del patinete,  siendo heridos leves,   o   heridos   graves,   incluso   precisando   hospitalización,   y   en   ciertas   ocasiones pudiendo llegar al fallecimiento.

Respecto   a   las   infracciones   cometidas   en   patinetes   y   otros   Vehículos   de   Movilidad Personal, en zonas urbanas,   las más comunes son conducir en sentido contrario , por lugar prohibido (aceras o zonas peatonales principalmente), invadir el carril contrario, no respetar la prioridad, incumplir los límites de velocidad, no respetar los pasos para peatones,   aparcarlos   en   lugares   que   obstaculicen   la   circulación   de   los   peatones;   así cómo circular por autovías, autopistas o túneles; usar el móvil o el uso de auriculares mientras conduce. También es una causa de originar un accidente el de tener alguna anomalía.   Es   por   ello,   por   lo   que   deben   cumplir   las   normas   de   circulación,   como cualquier otro vehículo.
Los datos de siniestralidad planean que cada 27 horas ocurre un accidente en España , donde el patinete es el protagonista, y advirtiendo la incidencia de este vehículo en la circulación,   la   modificación   de   la   ley   de   tráfico   prevé el   aumento   de   medidas   de protección para los conductores de este tipo de vehículos de movilidad personal.

No se puede olvidar el gran número de colisiones  que el patinete eléctrico tiene con turismos siendo la causa más relevante de siniestros, y protagonizando un porcentaje elevado de los mismos, siendo uno de los motivos del accidente el previo consumo de alcohol u otras sustancias ilícitas en alguno de los implicados en el suceso.​

El   crecimiento   del   uso   de   este   tipo   de   vehículos   ha   supuesto   la   necesidad   de modificar la Ley de Tráfico, en donde se han visto revisadas las normas de circulación para este tipo de vehículo, cuyos usuarios junto a los ciclistas deben circular por el carril
bici.

No se puede obviar que la DGT en su web, describe de manera resumida las normas de uso de los VMP (patinetes eléctricos), las cuales se han indicado en el presente artículo:

  • Los   vehículos   de   movilidad   personal,   tal   y   como   establece   el   Reglamento General de Vehículos son vehículos de una o más ruedas dotados de una única  plaza y   propulsados   exclusivamente   por   motores   eléctricos   que   pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
  • La DGT ha elaborado Manual de características de los vehículos de movilidad personal ,   un   documento   normativo   en   el   que   se   recogen las   características técnicas   que   deben   cumplir   los   VMP   para   poder   circular por   las   vías   y   la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados por los organismos competentes.
  • No   pueden   circular   por las   aceras   y   tienen   prohibida   la   circulación   en   vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
  • Sus     conductores están     sometidos     a    las     mismas     tasas     máximas     de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.
  • En la reciente  Ley de Tráfico  se establece la obligación  a los conductores  de VMP, de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine.