Despido improcedente: todo lo que necesita saber sobre este procedimiento

Despido improcedente - Castillo Castrillón Abogados

La situación de un despido es una situación complicada por la que ningún empleado desea pasar en su vida laboral, o incluso tener que renunciar a causa de incumplimientos por parte de la empresa. Sin embargo, este riesgo debe ser enfrentado por todo el mundo al iniciar su vida laboral, por lo que como trabajador es importante que conozca sus derechos, entre los cuales se encuentra la indemnización por despido improcedente en España.

¿Quiere conocer más acerca de un despido improcedente? ¡Continúe leyendo!

¿En qué consiste un despido improcedente?

Un despido es improcedente cuando se produce sin motivos justificados ante la ley, y su regulación se basa en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.

Esta legislación laboral pretende la protección del trabajador ante eventuales abusos cometidos por la empresa, basándose esta protección en la trascendencia social del trabajo, en el sustento de los trabajadores y sus familias.

Por esta razón, existen requisitos legales y formales para que la empresa tenga la facultad de romper unilateralmente la relación de trabajo. Sin embargo, hay situaciones en las que la empresa toma decisiones que no concuerdan con lo establecido en la legalidad, esto conlleva a que estemos frente a un despido improcedente.

Para ser un despido improcedente debe cumplir:

–      El empresario incumple requisitos legales

Por ejemplo, si no hace entrega de la carta de despido, o no se ejecuta la celebración de un período de consultas previamente al despido colectivo o ERE de extinción.

–      La decisión del empresario no se basa en lo estipulado en la ET

El Estatuto de los Trabajadores (ET) se tiene en cuenta para regular el despido objetivo que tiene que proceder cuando concurren ciertas causas.

También autoriza el despido disciplinario, que surge basándonos en incumplimientos del trabajador y se encuentra regulado de forma parcial en los convenios colectivos. Si la decisión extintiva no se basa en ninguna de estas causas debe considerarse que el despido es improcedente.

¿Cómo se determina que un despido es improcedente?

El despido improcedente debe llevarse a cabo en una sede judicial.

El despido tiene que impugnarse para que un juez pueda otorgar esta naturaleza. Para que esto suceda el trabajador tendrá que acudir al orden social dentro de un plazo de 20 días hábiles contando desde la fecha efectiva de su despido.

Lo primero que procede es intentar conseguir un acuerdo por la vía de conciliación. Por lo que es importante remarcar que la empresa podría reconocer la improcedencia de su acto sin requerir el inicio de un juicio. Para que esto suceda debe cumplir:

  • Que se realice el abono de la indemnización respectiva a un despido improcedente justo en el momento de hacer entrega de la carta de despido.
  • Que se llegue a un acuerdo durante la conciliación, otorgando la razón al trabajador y pagándole la indemnización correspondiente.

Es así que el pago de la indemnización permitirá al empresario eliminar cualquier relación laboral siempre que el mismo no se ubique en un supuesto de nulidad.

Para que un despido nulo pueda ser considerado como tal, es necesario que haya decisiones discriminatorias o que las mismas atenten contra derechos fundamentales, como por ejemplo, el despido de trabajadoras embarazadas o trabajadores vulnerables a sufrir discriminación de cualquier tipo.

¿Cuáles son las consecuencias de un despido que se considere improcedente?

El artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores indica que: “Luego de la declaración del despido improcedente, la empresa tiene un plazo de 5 días para decidir si va a indemnizar o reincorporar al empleado”.

“Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de veinticuatro mensualidades. La opción por la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo”.

Definitivamente, el despido improcedente contiene un efecto principal, que es la opción entre el reingreso en la empresa o el pago de la indemnización correspondiente.

En el artículo 56.3 del Estatuto de los Trabajadores indica que si la empresa no manifiesta claramente si se reincorpora o indemniza al trabajador se entenderá que optó por la readmisión.

Por su parte, el artículo 56.4 del Estatuto de los Trabajadores señala que existe una excepción en la que la decisión depende del mismo trabajador, y es cuando se trate de un representante legal del gremio laboral, es decir, los responsables de los sindicatos. En esta situación, el empleado determinará si prefiere optar por la  reincorporación o por la indemnización.

¿Puede un empleado recuperar su trabajo luego de un despido improcedente?

Entre las posibilidades que posee la empresa cuando se ha determinado la improcedencia de su decisión, está la de readmitir al empleado.

El artículo 56.2 del Estatuto de los Trabajadores determina que: “si opta por esta decisión tendrá que pagarle los salarios de tramitación, pero no la indemnización por el despido, ya que al reincorporar al trabajador se tomará como si el despido nunca hubiera existido”.

“En caso de que se opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación. Equivaldrá a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia, o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si la colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación”.

En cambio, sí se ha determinado el despido como improcedente, y el empresario no desea que el trabajador sea reincorporado a su puesto, tendrá que pagar la indemnización por el despido correspondiente, y el trabajador no tendrá la posibilidad de presentar oposición.

¿Cuánto debe ser la indemnización por despido improcedente?

Si se ha declarado que un despido es improcedente y la empresa ha optado por no readmitir al empleado, tendrá derecho a recibir una indemnización por despido improcedente.

Generalmente, el valor de la indemnización tiene la equivalencia a 33 días de salario por año de servicio, poniendo como límite un total de 24 mensualidades.

Si el trabajador inició sus labores en la empresa antes del 12 de febrero de 2012 deberán aplicarse dos tramos de indemnización:

  • El tiempo que ha transcurrido desde el 12 de febrero de 2012 computará con 33 días de salario por año que ha sido trabajado, su límite será de 24 mensualidades.
  • El tiempo trabajado hasta el 12 de febrero de 2012 obtendrá una indemnización de 45 días de salario por año trabajado, el límite aumenta a 42 mensualidades.
  • Si concurren ambos tramos, se aplicará el límite máximo de 42 mensualidades.

¿Existe el derecho al paro luego de un despido improcedente?

La respuesta es sí. El despido improcedente otorga el derecho a cobrar el paro.

Posteriormente a un despido improcedente el trabajador estará dentro de la situación legal de desempleo, por supuesto que cumpliendo con los requisitos para esta situación sí podrá cobrar el subsidio por paro.

¿Puede la empresa recuperar los salarios de tramitación?

Según lo indica el artículo 56.5 del Estatuto de los Trabajadores, el Estado estará en el deber de administrar justicia dentro de los plazos razonables. Así que si la sentencia de declaración de improcedencia se dicta posterior a los 90 días desde el despido, la empresa podrá exigir la devolución del salario de tramitación que ha excedido los 90 días.

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